Inel Valencia/Alicante

LPC

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L. esta Certificada para la revision de Locales de Publica Concurrencia con la CATEGORIA «A».

Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión

Según la orden de 31 de Enero de 1990, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, sobre el mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia, se establece que las instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia deberán ser revisadas por instaladores autorizados, los cuales emitirán un boletín de reconocimiento anual.

Por otra parte dichas instalaciones eléctricas deberán pasar inspección periódica por Organismo de Control Autorizado cada 4 años, tal como establece el art. 2 del Real Decreto 842/2002 (BOE 18/09/2002) (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión) en cuanto a la obligatoriedad y la Orden de 9 de mayo de 2002 (DOCV 03/06/2002) en su art. 3 en cuanto al plazo indicado anteriormente.

En dichas intervenciones se comprobará la adecuación de la instalación eléctrica al ámbito reglamentario en que se dio de alta, así como su nivel de seguridad actual.

Serán objeto de revisión anual obligatoria las instalaciones eléctricas que figuran en el Anexo I de la orden del 31 de Enero de 1990, de las cuales referenciamos las siguientes:

Hoteles, Restaurantes, Cafés y Bares, Cines, Teatros, Auditorios, Discotecas, Salas de Baile, Bibliotecas, Museos, Hospitales, Ambulatorios, Gimnasios, Polideportivos, Piscinas, Frontones, Boleras ,Centros Comerciales, Mercados, Centros de Enseñanza, Salas de Conferencias, etc.

Reglamentación Aplicable en las intervenciones:
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados antes del 18/09/2003.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados posteriormente al 18/09/2003.

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L., somos una empresa autorizada para la revisión de Locales de Publica Concurrencia por la Conselleria de Industria Comercio y Turismo. Con una larga experiencia en mantenimiento y revisión de:
Instalaciones Eléctricas de Locales de Publica Concurrencia (LPC), Termografías , Instalaciones de Detección de Fuego y Revisión de Centros de Transformación (REMAT).

¿Por qué debe pasar la revisión y la inspección O.C.A. que le indicamos?

a) Las revisiones e inspecciones periódicas son obligatorias tal como establece en las legislaciones referenciadas en párrafos anteriores.
b) En caso de siniestro en el local por causas imputables a la instalación eléctrica, uno de los requerimientos que solicitarán las COMPAÑÍAS ASEGURADORAS y la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL será haber pasado la revisión e inspección periódica exigida.
c) Por la SEGURIDAD de que la instalación cumple los requisitos indispensables para su correcto funcionamiento y es segura para los usuarios.
d) Además, en caso de incumplimiento de esta obligación en los plazos establecidos, los organismos competentes podrán acceder a incoar los correspondientes expedientes.

Por lo que queda claro que es obligatorio poseer el boletín de reconocimiento emitido cada año, el cual podría ser solicitado por la Administración Pública o por las Compañías Aseguradoras en caso de producirse un accidente o incendio para comprobar que la instalación eléctrica cumple la normativa vigente.

Desde INEL S.L. nos ponemos a su disposición para ofrecerle todos nuestros servicios y aclararle cualquier duda o consulta sobre esta revisión, puede ponerse en contacto con nuestro Departamento de Instalaciones Eléctricas a través del 96 291 70 14, enviando un correo electrónico a revisiones@inel.es.

[xyz-ips snippet=»pdf»]

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LPC

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L. esta Certificada para la revision de Locales de Publica Concurrencia con la CATEGORIA «A».

Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión

Según la orden de 31 de Enero de 1990, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, sobre el mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia, se establece que las instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia deberán ser revisadas por instaladores autorizados, los cuales emitirán un boletín de reconocimiento anual.

Por otra parte dichas instalaciones eléctricas deberán pasar inspección periódica por Organismo de Control Autorizado cada 4 años, tal como establece el art. 2 del Real Decreto 842/2002 (BOE 18/09/2002) (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión) en cuanto a la obligatoriedad y la Orden de 9 de mayo de 2002 (DOCV 03/06/2002) en su art. 3 en cuanto al plazo indicado anteriormente.

En dichas intervenciones se comprobará la adecuación de la instalación eléctrica al ámbito reglamentario en que se dio de alta, así como su nivel de seguridad actual.

Serán objeto de revisión anual obligatoria las instalaciones eléctricas que figuran en el Anexo I de la orden del 31 de Enero de 1990, de las cuales referenciamos las siguientes:

Hoteles, Restaurantes, Cafés y Bares, Cines, Teatros, Auditorios, Discotecas, Salas de Baile, Bibliotecas, Museos, Hospitales, Ambulatorios, Gimnasios, Polideportivos, Piscinas, Frontones, Boleras ,Centros Comerciales, Mercados, Centros de Enseñanza, Salas de Conferencias, etc.

Reglamentación Aplicable en las intervenciones:
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados antes del 18/09/2003.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados posteriormente al 18/09/2003.

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L., somos una empresa autorizada para la revisión de Locales de Publica Concurrencia por la Conselleria de Industria Comercio y Turismo. Con una larga experiencia en mantenimiento y revisión de:
Instalaciones Eléctricas de Locales de Publica Concurrencia (LPC), Termografías , Instalaciones de Detección de Fuego y Revisión de Centros de Transformación (REMAT).

¿Por qué debe pasar la revisión y la inspección O.C.A. que le indicamos?

a) Las revisiones e inspecciones periódicas son obligatorias tal como establece en las legislaciones referenciadas en párrafos anteriores.
b) En caso de siniestro en el local por causas imputables a la instalación eléctrica, uno de los requerimientos que solicitarán las COMPAÑÍAS ASEGURADORAS y la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL será haber pasado la revisión e inspección periódica exigida.
c) Por la SEGURIDAD de que la instalación cumple los requisitos indispensables para su correcto funcionamiento y es segura para los usuarios.
d) Además, en caso de incumplimiento de esta obligación en los plazos establecidos, los organismos competentes podrán acceder a incoar los correspondientes expedientes.

Por lo que queda claro que es obligatorio poseer el boletín de reconocimiento emitido cada año, el cual podría ser solicitado por la Administración Pública o por las Compañías Aseguradoras en caso de producirse un accidente o incendio para comprobar que la instalación eléctrica cumple la normativa vigente.

Desde INEL S.L. nos ponemos a su disposición para ofrecerle todos nuestros servicios y aclararle cualquier duda o consulta sobre esta revisión, puede ponerse en contacto con nuestro Departamento de Instalaciones Eléctricas a través del 96 291 70 14, enviando un correo electrónico a revisiones@inel.es.

[xyz-ips snippet=»pdf»]

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

LPC

sonda inmersión

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L. esta Certificada para la revision de Locales de Publica Concurrencia con la CATEGORIA «A».

Inspección Periódica de Instalaciones Eléctricas de Baja Tensión

Según la orden de 31 de Enero de 1990, de la Conselleria de Industria, Comercio y Turismo, sobre el mantenimiento e inspección periódica de instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia, se establece que las instalaciones eléctricas en Locales de Pública Concurrencia deberán ser revisadas por instaladores autorizados, los cuales emitirán un boletín de reconocimiento anual.

Por otra parte dichas instalaciones eléctricas deberán pasar inspección periódica por Organismo de Control Autorizado cada 4 años, tal como establece el art. 2 del Real Decreto 842/2002 (BOE 18/09/2002) (Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión) en cuanto a la obligatoriedad y la Orden de 9 de mayo de 2002 (DOCV 03/06/2002) en su art. 3 en cuanto al plazo indicado anteriormente.

En dichas intervenciones se comprobará la adecuación de la instalación eléctrica al ámbito reglamentario en que se dio de alta, así como su nivel de seguridad actual.

Serán objeto de revisión anual obligatoria las instalaciones eléctricas que figuran en el Anexo I de la orden del 31 de Enero de 1990, de las cuales referenciamos las siguientes:

Hoteles, Restaurantes, Cafés y Bares, Cines, Teatros, Auditorios, Discotecas, Salas de Baile, Bibliotecas, Museos, Hospitales, Ambulatorios, Gimnasios, Polideportivos, Piscinas, Frontones, Boleras ,Centros Comerciales, Mercados, Centros de Enseñanza, Salas de Conferencias, etc.

Reglamentación Aplicable en las intervenciones:
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 2413/1973 de 20 de septiembre, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados antes del 18/09/2003.
Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión aprobado por el Real Decreto 842/2002 de 2 de Agosto, normalmente aplicado para instalaciones con proyectos visados posteriormente al 18/09/2003.

Servicios y Aplicaciones INEL, S.L., somos una empresa autorizada para la revisión de Locales de Publica Concurrencia por la Conselleria de Industria Comercio y Turismo. Con una larga experiencia en mantenimiento y revisión de:
Instalaciones Eléctricas de Locales de Publica Concurrencia (LPC), Termografías , Instalaciones de Detección de Fuego y Revisión de Centros de Transformación (REMAT).

¿Por qué debe pasar la revisión y la inspección O.C.A. que le indicamos?

a) Las revisiones e inspecciones periódicas son obligatorias tal como establece en las legislaciones referenciadas en párrafos anteriores.
b) En caso de siniestro en el local por causas imputables a la instalación eléctrica, uno de los requerimientos que solicitarán las COMPAÑÍAS ASEGURADORAS y la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE SEGURIDAD INDUSTRIAL será haber pasado la revisión e inspección periódica exigida.
c) Por la SEGURIDAD de que la instalación cumple los requisitos indispensables para su correcto funcionamiento y es segura para los usuarios.
d) Además, en caso de incumplimiento de esta obligación en los plazos establecidos, los organismos competentes podrán acceder a incoar los correspondientes expedientes.

Por lo que queda claro que es obligatorio poseer el boletín de reconocimiento emitido cada año, el cual podría ser solicitado por la Administración Pública o por las Compañías Aseguradoras en caso de producirse un accidente o incendio para comprobar que la instalación eléctrica cumple la normativa vigente.

Desde INEL S.L. nos ponemos a su disposición para ofrecerle todos nuestros servicios y aclararle cualquier duda o consulta sobre esta revisión, puede ponerse en contacto con nuestro Departamento de Instalaciones Eléctricas a través del 96 291 70 14, enviando un correo electrónico a revisiones@inel.es.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *