Inel Valencia/Alicante

Registro de la Jornada de los trabajadores

Jornada de los trabajadores

Respecto a este tema diremos que no constituye una nueva obligación para las empresas. El Real Decreto-ley 16/2013, de 20 de diciembre, modificó el régimen legal del contrato a tiempo parcial, de tal forma que en la letra c) del apartado 4 del artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores establece la obligatoriedad de dicho registro de la jornada efectiva de trabajo. Si bien, es verdad que se ha convertido en actualidad sobre todo debido a las últimas sentencias de la Audiencia Nacional de 19 de febrero de 2016 y 4 de diciembre de 2015, y a la inclusión de la vigilancia del cumplimiento de esta obligación en los Planes Integrados de Actuación para 2016 de la Inspección de Trabajo, tanto para los contratos a tiempo parcial como a jornada completa.
A estos efectos las obligaciones de la empresa respecto al registro de la jornada de los trabajadores se pueden resumir en:

• Registro diario de la Jornada de los trabajadores.
• Entrega del resumen mensual al trabajador.
• Conservar los resúmenes mensuales de los registros de jornada durante un periodo mínimo de cuatro años.

Las consecuencias del incumplimiento de este precepto pueden acarrear sanciones administrativas de carácter leve, conforme al artículo 6.6 de la LISOS. Además, en el caso de trabajadores a tiempo parcial, el incumplimiento de las obligaciones de registro de la Jornada de los trabajadores, el contrato se presumirá celebrado a jornada completa, salvo prueba en contrario que acredite el carácter parcial de los servicios.

En conclusión, si su empresa no dispone de sistemas de control de presencia y horario que permitan registrar la jornada diaria de los trabajadores, deberá elaborar y gestionar un registro de la jornada diaria que cada trabajador realiza, deberá totalizar la jornada efectuada por cada trabajador en función del periodo que se toma en cuenta para el abono de las retribuciones (normalmente mensual) y, por último, deberá entregar a cada trabajador una copia de dicho resumen de horas junto con su nómina.

Para ayudarles, no solo al cumplimiento de esta obligación sino también para ofrecerles una herramienta capaz de mejorar los procesos e información en su empresa Inel pone a su disposición nuestro CONTROL DE PRESENCIA MILLENIUM.

Lector Millenium

El lector Millenium es un sistema de fichaje de operarios (control Horario-Presencia) para Pequeñas y Medianas Empresas PYMES mediante tarjetas de Banda Magnética, Proximidad y lector Biométrico. El terminal lector Millenium es un lector autónomo de dimensiones reducidas, compacto, resistente, con display azul y teclado, compatible con sistemas de tarjetas que utilicen pista 1 y 3 y lector Biométrico capacitivo. El nuevo lector Millenium es un lector polivalente que sirve tanto para el control horario como para el control de tareas mediante un lector de código de barras conectable vía RS232. Así mismo, el mismo lector puede funcionar como un control de accesos autónomo con horarios programados para cada usuario.

lector millenium

Aplicación de presencia Millenium 2008

Junto con el lector les ofrecemos la aplicación de presencia Millenium 2008, una aplicación bajo Windows muy fácil de instalar y de manejar. La aplicación nos permite interactuar con el Fichador, ya que es desde donde se gestiona la información de las bases de datos de cada empresa, y la del Fichador. Dispone de un amplio menú desde donde podremos configurar todos los parámetros referentes a los operarios, como pueden ser los horarios, los precios de horas o los grupos de accesos a los que pertenecen. También podemos obtener toda clase de informes sobre los datos de cualquier sección, empresa u operario, trabajos realizados y control de presencia o accesos.

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